ACLARACIONES 1. Las cuotas colegiales a partir del segundo año se hacen efectivas semestralmente y por meses vencidos mediante domiciliación bancaria al número de cuenta corriente especificado en el impreso de colegiación. 2. Las cuotas colegiales son obligatorias para poder disfrutar de todos los servicios prestados por el Colegio.
*Quedarán exentos de abonar los 114,00 euros quienes sean recién titulados (máximo un año desde la finalización de sus estudios hasta la presentación de la solicitud de colegiación) y hayan cursado sus estudios en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife o en Las Palmas de Gran Canaria, salvo que se trate de un traslado en cuyo caso no se aplicará la exención.
Fecha de Actualización: 2 de Enero de 2012
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